Los Jueces de menores, se denominan a los jueces especializados en la rama de derecho penal de menores. Aplicable a los menores que son mayores de 14 años, hasta que cumplen mayoría de edad.
La Ley 5/2000 de 5 de Enero, regula la responsabilidad penal de los menores en España, si bien ha sufrido diversas modificaciones desde su promulgación.
Se pretende con esta Ley intentar «dar la vuelta» a las circunstancias que han llevado a los menores a delinquir, y por eso no se castiga a los menores de 14 años, porque el legislador entiende que los menores de 14 años no tienen la suficiente madurez para controlar los impulsos delictivos que pudieran tener (de lo que se puede discrepar abiertamente en atención a los graves delitos que ya se han cometido en nuestro país por niños de 12/13 años…).
Por tanto, la ley busca «reeducar». Pero sancionando aquéllos comportamientos delictivos que así lo merecen, y por eso, la ley prevé cierta flexibilidad en cuanto a las medidas a adoptar.
Por señalar algunas de las medidas que se contienen en la citada ley, podemos señalar las siguientes: