Abogada Sara de Celis
ESTADO CIVIL
Actuamos en toda España
Qué es el Estado Civil
El Estado civil es el conglomerado de situaciones que puede ostentar una persona. Con carácter especial y permanente, y acceso al Registro correspondiente.
El CC español no lo define.
Si acudimos a la Ley, este texto – que tampoco lo define - sí determina en el artículo 1 que:
- Se inscribirán en el Registro, hechos concernientes a las personas: nacimiento, filiación completa, modificaciones judiciales en la capacidad de obra, emancipaciones, matrimonios, defunción, declaraciones de ausencia…
El código penal, prevé como delito autónomo el delito de «usurpación de estado civil», en su artículo 401; sancionándose en el mismo al que usurpe el de otro, con pena privativa de libertad. El supuesto típico y más habitual de este delito, es el del caso en que una persona finge ser otra, sin su conocimiento ni consentimiento, suplantando cualquiera de los elementos que conforman su estado civil para obtener algún beneficio.
Tipos de Estado Civil en España
La enumeración de estados civiles más habitual es la siguiente:
- Soltero/a: Una persona soltera, es aquella, que con reconocimiento legal por defecto, no tiene cónyuge. Digamos que es la opción contraria al matrimonio o casamiento.
- Casado/a: Dura desde que se contrae matrimonio hasta que se rompe el vínculo matrimonial por diversos motivos: fallecimiento del cónyuge (viudedad), disolución del vínculo matrimonial (divorcio) o declaración de nulidad matrimonial.
- Separado/a: Es una situación jurídica intermedia entre el matrimonio y el divorcio.
- Divorciado/a: El divorcio es la disolución del matrimonio, ni más ni menos.
- Viudo/a: Haber perdido al cónyuge por fallecimiento. A la persona que está en este estado también se la denomina «cónyuge supérstite» o «cónyuge superviviente».
Aunque existen otros estados vinculados con las relaciones, en nuestro país, no podrían considerarse como «estado civil»:
- Comprometido/a: Compromiso que se contrae por voluntad propia con otra persona.
- Noviazgo: menos de un año de relación amorosa.
- En relación: más de un año de relación amorosa.
- Unión de hecho: Es la unión afectiva entre dos personas, con independencia de su sexo y con el fin de convivir de forma estable.