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Abogada Sara de Celis

MEDIACIÓN FAMILIAR

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Qué es una Mediación Familiar

Cuando hablamos de mediación familiar, hablamos de un sistema no beligerante y extrajudicial para intentar resolver conflictos en el ámbito del derecho de familia.
 
Se pretende que las partes en conflicto puedan intentar buscar una solución a la controversia de que se trate, sin necesidad de aumentar la confrontación y la tensión judicial.
 
Es un mecanismo de solución de conflictos al que ambas partes deben querer recurrir, es decir no puede ser impuesto por terceros. En el proceso de mediación familiar, habrá un mediador familiar que será quien dirija el debate, y que debe siempre velar porque el proceso se revista de confidencialidad absoluta.
 
El mediador deberá ser neutral, objetivo e imparcial. No debe estar vinculado a ninguna de las partes previamente (para asegurar realmente esa objetividad que debe regir en la mediación). No debe posicionarse a favor de uno u otro, sino que debe aplicar las técnicas necesarias para – al menos intentar - que las partes se acerquen, y puedan en su caso llegar a aunar posturas, o al menos, aproximarlas.
 
La Buena Fe debe presidir la actitud tanto del mediador, como de las partes que deciden someterse a este proceso.

¿Cómo se da el proceso de Mediación Familiar?

La primera sesión de mediación, tendrá un carácter meramente informativo. En esa primera reunión, se tratará de determinar cuestiones importantes tales como: principios que deben regir la mediación, la posibilidad de finalizar la mediación cuando las partes o el mediador quiera, la obligación de confidencialidad, el coste económico, la obligación de contar con un letrado ajeno que redacte en su caso los acuerdos que se adopten finalmente, el método a aplicar…
 

De esa primera reunión informativa, se levantará un acta que deberán firmar las partes y el propio mediador, en el que se hará constar la fecha de la reunión, la voluntariedad del procedimiento, así como los principios que deben regir la mediación y las obligaciones que asume le mediador elegido.
 

En cualquier caso, la mediación tendrá una duración máxima de tres meses, desde la primera sesión inicial. Se podrá prorrogar por períodos mensuales, otros tres meses más.
 

La mediación, terminará cuando:

1.- Las partes hayan alcanzado un acuerdo, total o parcial.
 

2.- Cuando cualquiera de las partes no quiera continuar (recordemos que es un proceso de resolución de conflictos, totalmente voluntario).
 

3.-Cuando el mediador considere que no puede continuar con la mediación, por cualquier causa sobrevenida o justificada.
 

4.- Cuando haya transcurrido el tiempo máximo previsto en la Ley de mediación para su desarrollo.

Ley de Mediación Familiar

En Asturias, existe la Ley de mediación 3/2007 de 23 de Marzo, que regula la mediación en materia familiar para el Principado de Asturias.